domingo, 19 de diciembre de 2010

Informe sobre Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos. UNICEF, OACNUDH, CIDH. 11 de noviembre de 2010

http://media.gestorsutil.com/OACDH_web/369/publicaciones/docs/0576503001289832439.pdf

La Declaración de Santiago reclama la Paz como Derecho Fundamental

Santiago de Compostela, España. El derecho a vivir en un entorno seguro, al desarrollo y a un medio ambiente sostenible, a la desobediencia y a la objeción de conciencia o al desarme. Estos son algunos de los puntos que recoge la Declaración de Santiago, aprobada ayer en la capital gallega y que basándose en el Preámbulo de la Carta de la Organización de Naciones Unidas, establece el derecho humano a la Paz como un “valor universal”.
El texto, aprobado en el Congreso Internacional del Derecho Humano a la Paz –que se enmarca dentro del Foro 2010– opta por una concepción “positiva” de la paz, “que va más allá de la estricta ausencia del conflicto armado”. En este sentido, lo vincula a la “eliminación de todo tipo de violencia, ya sea directa, política, estructural, económica, social y cultural de los pueblos como condición para satisfacer las necesidades de los seres humanos”.
Así, el preambulo de este texto –aprobado definitivamente en Compostela y que tendrá que ser revisado por Naciones Unidas el próximo mes de enero– , asegura además que la “impunidad es incompatible con la paz y la justicia”, el derecho de “todas las personas a vivir y permanecer en sus respectivos países y muestra su preocupación por la producción de armas y su “tráfico desmesurado”.
“Las personas, los grupos, los pueblos y toda la humanidad tienen el derecho inalienable a una paz justa, sostenible y duradera”, sentencia el primer artículo de esta declaración que, además establece a los estados como los “principales deudores” del derecho a la paz.
En este sentido, también se establece que este derecho se aplicará “sin distinción alguna” por razón de raza, sexo, orientación sexual, edad, idioma, religión, origen, convcción política, posición económica o diversidad funcional. Así, se destaca que los pueblos que sufren racismo, genocidio, xenofobia o coloniamlismo, “merecen una atención especial”.
Entre los derechos, se reconoce el de la “educación en y para la paz”, que es“condición sine qua non para desaprender la guerra”. El derecho a la seguridad incluye la “libertad frente al miedo”, el derecho a un “entorno sano”, o la posibilidad de los pueblos de exigir a los gobiernos que aplique “el sistema de seguridad colectiva establecido en la carta de la ONU”.
La paz también implica la eliminación de “los obstáculos que impiden la realización del derecho al desarrollo”, así como el derecho a “vivir en un medio ambiente sostenible y seguro”. Los expertos han querido destacar la desobediencia civil y la objeción de conciencia “frente a actividades que supongan amenazas contra la paz”. La Declaración subraya el “derecho a resisitir y oponerse a todos los regímenes que cometan crímenes internacionales”, a exigir a los Estados que se desarmen y recoge las libertades de opinión, pensamiento o religión.
La posibilidad de “solicitar refugio y disfrutar de él sin discriminación”, así como la de “retornar voluntariamente al país de origen”, también quedan recogidos junto al derecho a la justicia de las víctimas.
Raquel Pazos. Xoral.com. 13/Dic/2010 
 

Stay-behind: el terrorismo como estrategia de control social.

MEDIACIÓN Y DROGAS

Tesoros de la Mediación

martes, 7 de diciembre de 2010

Secretos del Mediador Exitoso: ARBITRAJE ONLINE EN EL COMERCIO INTERNACIONAL

Secretos del Mediador Exitoso: ARBITRAJE ONLINE EN EL COMERCIO INTERNACIONAL: "“EL ARBITRAJE ONLINE EN EL COMERCIO INTERNACIONAL”



Autor: Juan Eduardo Figueroa Valdés
Av. Apoquindo Nº 3669, Piso 11, Las Condes
Santiago, Chile
e.mail: juaneduardo@fihsabogados.cl
Mayo de 2004."